¿QUÉ SUPONE EN LA PRÁCTICA EL ESTADO DE ALARMA?
Esta medianoche ha entrado en vigor el decretado ESTADO DE ALARMA. Esto supone una larga lista de medidas:
Han de cerrar:
- los centros de hostelería
- comercios
- locales y establecimientos de espectáculos
- Istalaciones culturales y artísticas
- Actividades deportivas y de ocio
- Verbenas y fiesta populares.
OJO! Tampoco está permitido reunirse en sociedades gastronómicas o txokos.
OJO! Se permite operar a hosteleros que sirvan comida a domicilio.
Bodas y funerales han de respetar las distancias mínimas y adoptar medidas de contención.
La actividad educativa presencial queda suspendida.
Cierre de los centros de día para personas mayores, públicos o privados y la supresión de visitas a las personas mayores en los Centros residenciales, aunque cada centro valorará las excepciones en caso de necesidad.
En esos casos, se deberá tomar la temperatura de la persona visitante a la entrada del centro y se impedirá el acceso a quienes superen los 37ºC.
Durante los próximos 15 días se permite que una persona salga de casa en los siguientes casos:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad (gasolina, por ejemplo).
- Asistencia a centros sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, aunque se recomienda el teletrabajo en la medida de lo posible.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y seguros.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente justificada (pasear a los perros, por ejemplo).
Se permite acompañar a menores, discapacitados o personas mayores.
En caso de desplazarse en coche, solo puede viajar una persona por vehículo. La excepción serán las personas con alguna discapacidad, que sí podrán ir acompañadas.
Estos actividades se permiten:
- Los establecimientos de venta de prensa y papelería
- Los estancos
- Las ópticas
- Ortopedias
- Tiendas de alimentación para animales
- Tintorerías
- Tiendas de servicios informáticos.
- Se mantendrá en servicio el comercio por Internet.
Sin embargo, no se nos puede olvidar que solo se podrá permanecer en los establecimientos el tiempo imprescindible y que habrá que respetar las medidas de alejamiento y no concentración de personas.
Se matiza que NO se podrá salir a la calle para lo siguiente:
- Llevar a los niños a los parques o la calle.
- Correr y pasear.
- Visitar a amigos y familiares, a no ser que se trate de personas que necesitan ser cuidadas (en este caso se extremarán las medidas de precaución).
- Viajar.
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